Modificación del tipo de retención

18 Sep Modificación del tipo de retención

El pasado 11 de Julio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el  “Real Decreto-ley 9/20015, de 10 de Julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico”, mediante el que, además de modificarse las escalas de gravamen de este impuesto, se modifican, con efectos 12 de julio de 2015, los tipos de retención aplicables a las diferentes clases de renta.

Al carecer las Diputaciones Forales de competencia en la regulación de algunos de estos tipos de retención, la modificación efectuada en territorio común resulta de aplicación directa en los territorios forales. Respecto al resto de retenciones sobre las que sí existe competencia, y por lo tanto, no resulta directamente aplicable la modificación efectuada,  habrá que esperar a que se introduzcan las respectivas modificaciones por cada Diputación Foral.

Conforme a lo señalado, los diferentes tipos de retención quedan establecidos de la siguiente manera en función del momento en el que nazca la obligación de retener:

1.- RETENCIONES IRPF/IS 

Hasta 11/07/2015 Desde 12/07/2015 Territorios Forales
Trabajo personal Nuevas tablas Sin modificaciones(1)
Cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas 19% 15%  15%
Actividades profesionales:

-General

-3 años desde inicio de actividad

19%

9%

15%

7%

15%

7%

Capital mobiliario 20% 19,5% 19,5%
Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones en IIC 20% 19,5%  20% (1)
Premios de juegos, concursos, rifas 20% 19,5% 19,5%
Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos 20% 19,5%  20% (1)
Propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, o del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarrendamiento de los bienes anteriores 20% 19,5%  20% (1)
Cesión del derecho a la explotación del derechos de imagen 24% 24%  24%
Administradores y miembros de los consejos de administración 37%  37%  35% (1)

(1)    Para la modificación de estos tipos de retención habrá que esperar a la correspondiente modificación en los territorios forales.

2.- IRNR

Hasta 11/07/2015 Desde 12/07/2015 Territorios Forales
General 20% 19,5%  19,5%

 

 

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