La Comisión Mixta del Concierto Económico (CME) ha acordado con fecha 6 de febrero de 2025 una modificación relevante del Concierto Económico para que los contribuyentes vascos que realizan importaciones no tengan que adelantar en Aduanas el pago del IVA.
Esta medida ya resultaba de aplicación para contribuyentes de Territorio Común, permitiéndoles no tener que adelantar en Aduanas el pago del IVA (el IVA a la importación es competencia exclusiva del Estado). Sin embargo, las personas contribuyentes que tributan a las Haciendas Forales están excluidos de este sistema, soportando por ello una carga financiera adicional al tener que adelantar ese dinero en la Aduana y luego recuperarlo de las Haciendas Forales.
Puesto que la implementación de este acuerdo requiere modificaciones normativas en la regulación del IVA a la importación y las adaptaciones informáticas correspondientes entre las Haciendas Forales y la Agencia Estatal de Administración Tributaria para este punto, la CMCE ha acordado que la implementación de este sistema para contribuyentes vascos operará a partir del 1 de enero de 2026.
Este acuerdo de modificación se suma a los que también se acordaron por la CMCE en sus reuniones de 13 de noviembre y 23 de diciembre de 2024, siendo el conjunto de todas ellas objeto de tramitación en las Cortes Generales mediante un único Proyecto de Ley de modificación del Concierto Económico que el Gobierno aprobara próximamente, el cual recogerá entre otras:
● Ampliación de la autonomía normativa en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
● Concertación de los nuevos Impuestos creados por la Ley 7/2024, con autonomía normativa plena en el caso del Impuesto Complementario para multinacionales y en el nuevo Impuesto sobre el Margen de Intereses y Comisiones de determinadas entidades financieras.
● Ampliación de la competencia sobre obligaciones formales y normas de gestión en el caso de 14 impuesto indirectos.
● Elevación de 10 a 12 millones de euros del volumen de operaciones para la tributación exclusiva a las Haciendas Forales de las empresas vascas en el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre el Valor Añadido.
● Modificación acordada en con fecha 6 de febrero de 2025 para que los contribuyentes vascos puedan acogerse al diferimiento del pago del IVA correspondiente a sus importaciones.