A propósito de la aprobación en el Territorio Histórico de Gipuzkoa de la Norma Foral 1/2023, de 17 de enero, por la que se aprueban determinadas modificaciones para el año 2023, hemos preparado una nota informativa en la que detallamos las principales modificaciones introducidas, algunas de ellas con efectos para el ejercicio 2021 y 2022.
Entre las diferentes modificaciones tributarias, se prorrogan exclusivamente para el ejercicios 2022 algunas de las medidas extraordinarias introducidas para paliar los efectos de la crisis energética, el alza en los precios y la guerra en Ucrania, como por ejemplo, (i) en el IRPF se prorrogan los porcentajes de minoración por gastos deducibles para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa o (ii) en el Impuesto sobre Sociedades se mantiene el aumento al 15% la minoración de la base imponible prevista para microempresas en concepto de compensación tributaria por las dificultades inherentes a su dimensión.
Por otro lado, se establecen con carácter permanente algunas de las medidas Covid -19 incorporadas en los ejercicios precedentes, dirigidas a la flexibilización de determinados requisitos exigidos en algunos incentivos fiscales, en concreto, (i) en materia del IRPF se flexibilizan los requisitos contemplados en la deducción por la participación de trabajadores en entidad empleadora o por la constitución de entidades por los trabajadores, y (ii) en el Impuesto sobre Sociedades, en particular respecto al artículo 64Bis (deducción por financiación de proyectos de I+D+i), en cuanto al plazo extraordinario de formalización del contrato y los supuestos en los que se permite modificar el mismo, previa comunicación a la Administración tributaria.
Adicionalmente, en el Impuesto sobre Sociedades, entre otras, en relación con las sociedades patrimoniales se incorpora de forma expresa la fórmula de cálculo de los valores y activos no afectos a actividades económicas en relación con el activo total.
Y, en el Impuesto sobre el Patrimonio, respecto a la exención de la participación en entidades empresariales, (i) se amplía el perímetro del grupo familiar hasta colaterales de cuarto grado para el supuesto de participación conjunta del 20% y (ii) se establecen dos nuevos supuestos de exención para aquellos casos en los que la participación cualificada para el acceso a la misma se haya visto minorada (5% o 20% de participación conjunta).
Enlace a la circular: Principales modificaciones tributarias introducidas en el Territorio Histórico de Gipuzkoa para 2023.